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El arbitraje internacional dentro del comercio exterior


Sinopsis

El empleo de este mecanismo extrajudicial constituye una de las formas más comunes y expeditas para solventar conflictos que surgen en el ámbito de las relaciones comerciales internacionales


  • ¿Por qué acudir al arbitraje internacional?


El arbitraje internacional es el mecanismo más aplicado para solventar las controversias privadas que se suscitan en materia comercial dentro del ámbito internacional en virtud de su reconocimiento a nivel global, su adaptabilidad y presteza para dar solución a esta clase de desavenencias.


Dentro de un mundo cada vez más globalizado, el proceso de internacionalización ha derivado en la realización de negocios con personas físicas o jurídicas localizadas en otros países, por lo que cualquier empresa o negocio puede verse envuelto en alguna clase de conflicto con alguno de estos actores, siendo las controversias de carácter comercial y contractual las más habituales, esto sin dejar a un lado cuestiones relacionadas con la competencia, la responsabilidad civil y la propiedad intelectual.


Por consiguiente, las empresas requieren contar con seguridad jurídica para desarrollar su actividad de forma sostenible, por lo que al entablar un acuerdo con otra empresa situada en territorio internacional, es por demás relevante determinar la legislación por la que se regirá dicho contrato, ya que un arbitraje internacional puede estar sujeto de forma simultánea a varias legislaciones entre sí, ya sea: a la ley que regula la capacidad de una parte para arbitrar; la ley aplicable al procedimiento en sí -lex fori-; la ley aplicable al fondo del asunto -lex causae-; o la la ley del lugar de ejecución del laudo.


De tal manera, con el fin de prevenir controversias y disputas surgidas entre las empresas, es muy recomendable que en los contratos que éstas firmen se incluyan cláusulas relativas al arbitraje.


Así pues, cuando una empresa ha agotado cualquier posibilidad de negociar con la contraparte para solucionar un problema comercial internacional, puede recurrir al arbitraje como vía extrajudicial para la resolución de estas controversias ya que es la forma más oportuna y efectiva antes de internarse en un litigio.


  • ¿Qué es el arbitraje internacional?


El arbitraje internacional tiene por objeto la resolución de los conflictos que surjan en el contexto del tráfico jurídico internacional. Este tendrá carácter internacional cuando cuando en él concurra alguna de las siguientes circunstancias:


  1. Que las partes tengan sus domicilios en Estados diferentes en el momento de la celebración del convenio arbitral.
  2. Que el lugar del arbitraje, determinado en el convenio arbitral o con arreglo a este, el lugar de cumplimiento de una parte sustancial de las obligaciones de la relación jurídica de la que dimane la controversia o el lugar en el que esta tenga una relación más estrecha, esté situado fuera del Estado en que las partes tengan sus domicilios.
  3. Que la relación jurídica de la que dimane la controversia afecte a intereses del comercio internacional.


  • ¿Cómo se lleva a cabo el procedimiento arbitral? 


El proceso arbitral de forma general, consta de varias fases. En lo relativo al más común, esto es, el instaurado ante la Cámara de Comercio Internacional (ICC por sus siglas en inglés), este se inicia con la presentación de la demanda directamente en la Secretaría de la Corte Internacional de Arbitraje en París por correo postal -hay también otras oficinas de la Corte para administrar y seguir los casos, tales como en Nueva York, Sao Paolo, Hong Kong, Singapore, y Abu Dhabi-. 


Con esto, se da inicio del proceso arbitral y la notificación a la parte demandada para, subsecuentemente, se dé lugar a la contestación de la demanda y, una vez hecho esto, se proceda a la designación de los árbitros, así como a la comunicación de su nombramiento.


En estas etapas intervienen, además de las partes interesadas, la Secretaría General de la Corte arbitral, la Corte arbitral y el Tribunal arbitral (los árbitros). El papel de la Corte arbitral consiste en nombrar al Tribunal y en supervisar el proceso arbitral, así como determinar la provisión para gastos del arbitraje. Por su parte, el Tribunal arbitral se encargará de dirimir la controversia, mientras que la Secretaría General de la Corte arbitral se ocupa de recibir los escritos de las partes y notifica a éstas las decisiones de los árbitros, una vez aprobadas por la Corte.


En la misma tesitura, cuando el Tribunal arbitral recibe el expediente, y una vez que haya oído a las partes, tiene lugar la instrucción del proceso mediante la denominada Acta de Misión, la cual, es un documento en el que se establece de forma puntual las pretensiones de las partes y la materia de la controversia, y que deberá aquel remitir, firmado por las partes, a la Corte arbitral en un plazo de dos meses. 


Por último, el proceso finaliza con un laudo arbitral que no podrá ser recurrido al no existir instancia ulterior. Un laudo extranjero puede ser sometido a un proceso de homologación (exequatur) para su reconocimiento y ejecución (en el caso de España para que un laudo de la Corte Internacional de Arbitraje sea ejecutado se deberá acudir ante la Audiencia Provincial).


Cabe hacer mención que la duración de un arbitraje, aunque es más corta que un proceso judicial, en ocasiones también suele tardar bastante tiempo, dependiendo de la complejidad y envergadura del asunto. Así, tenemos que la duración promedio desde la presentación de la demanda hasta que el laudo es dictado suele ser de nueve meses. Sin embargo, cada asunto tiene sus particularidades, por lo que ha habido asuntos que tan solo han durado 45 días, como otros que han llegado a durar hasta tres o cuatro años (en casos de cuantías inferiores a tres millones de dólares, el Reglamento de Arbitraje de la ICC utiliza el procedimiento abreviado para poder alcanzar un laudo aproximadamente en seis meses). 


  • ¿Cuáles son la ventajas del arbitraje?


Las principales ventajas que ofrece el arbitraje internacional son las siguientes:


  • El arbitraje puede resolver las controversias de forma más expedita y ser menos costoso que la vía judicial. 


  • Las partes interesadas pueden desempeñar un papel activo en la selección del árbitro o árbitros -si se constituyen en Tribunal-, quienes son expertos en este campo de acción, en lugar de un Juez que solo tiene conocimientos generales en la materia, por lo que se adquiere una pericia técnica que podrá dar mayor eficacia al laudo, así como una mayor flexibilidad, ya que éstos cuentan con una mayor discrecionalidad en la aplicación de las normas jurídicas que los jueces.


  • Puede ser confidencial, lo cual es conveniente si las partes desean continuar posteriormente con su relación de negocios, o bien, para impedir cualquier tipo de publicidad negativa.


  • El árbitro o Tribunal arbitral adoptará una posición neutral para la resolución de las controversias, sin tomar inclinación alguna por la procedencia de alguna de las partes, máxime que éstos se encuentran totalmente desligados de los órganos judiciales de los países de los que son naturales las partes involucradas.


  • Observaciones finales


Como podemos ver, esta figura resulta de suma importancia dentro de las relaciones de comercio exterior, por lo cual, el encontrarse asistido por abogados especialistas en este caso de actuación es altamente recomendable, ya que éstos asisten a sus clientes para que el arbitraje sea exitoso o se encuentre bien delimitado desde el acuerdo de voluntades, amén de que gran parte de los letrados en esta área tiene una vasta comprensión y conocimiento de las diferentes leyes extranjeras.


No obstante lo anterior, cabe resaltar, que aunque el arbitraje es una efectiva vía para la resolución de disputas de índole internacional, en la práctica se ha puesto de manifiesto, que a pesar de los diversos convenios existentes y extenso reconocimiento que se le otorga, aún siguen existiendo en algunos países dificultades para que el laudo se ejecute.


  • Cuadro legislativo a destacar:


  • Convenio de Nueva York de 1958.
  • Reglamento de arbitraje ICC 2021.
  • Reglas de arbitraje de la CNUDMI 2013.
  • Ley Modelo de 1985 de la CNUDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional y sus enmiendas de 2006.
  • Ley 60/2003 de 23 de diciembre, de Arbitraje.


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