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El recurso de amparo frente a decisiones judiciales
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El recurso de amparo frente a decisiones judiciales


Sinopsis


El recurso de amparo sirve como garante constitucional frente a las violaciones que pueden producirse dentro de un proceso judicial ante los tribunales jurisdiccionales ordinarios. 


¿Qué son los derechos fundamentales? 


Los derechos fundamentales son los derechos de una persona que emanan de la dignidad humana, del libre desarrollo de la personalidad y de otros valores, ejerciéndose de forma individual o colectiva. Estos derechos gozan del máximo nivel de protección constitucional y se encuentran declarados en la Carta Magna en los artículos 53 y 81 respectivamente.


¿En qué consiste el recurso de amparo?


El recurso de amparo es un recurso -y de los más demandados- que se interpone ante el Tribunal Constitucional y que tiene por objeto la protección de los derechos y libertades reconocidos en los artículos 14 a 29 y 30.2 de la Carta Magna cuando estos han sido vulnerados, ya sea, por decisiones parlamentarias, decisiones gubernativas o administrativas, o por decisiones judiciales.


Los derechos y libertades que pueden ser protegidos ante el Tribunal Constitucional en vía de amparo son los siguientes:


  • Igualdad;
  • Vida e integridad física; 
  • Libertad ideológica y religiosa; 
  • Libertad y seguridad; 
  • Honor, intimidad y propia imagen; 
  • Libertad de tránsito; 
  • Libertad de expresión, 
  • Reunión pacífica;
  • Asociación; 
  • Participación en asuntos públicos; 
  • Tutela judicial efectiva;
  • Principio de legalidad y privación de la libertad por parte de la Administración civil;
  • Prohibición de los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales;
  • Educación; 
  • Sindicación y huelga; 
  • Petición; 
  • Objeción de conciencia a los deberes militares. 


¿Quién se encuentra legitimado para interponer el recurso de amparo?


Se encuentran legitimados el titular del derecho fundamental o libertad pública que se ha visto vulnerado, así como también quien ha sido parte dentro de un proceso judicial, debiendo existir siempre un interés legítimo para tales efectos. 


¿Cuál es el plazo para interponer un recurso de amparo frente a decisiones judiciales?


El recurso de amparo debe presentarse en un plazo de 30 días y este es improrrogable. A su vez, cabe señalar que para su interposición es necesaria la asistencia tanto de abogado como de procurador.


¿Cuáles son los requisitos de admisión? 


Para que el recurso de amparo sea admitido, será necesario cumplir con los siguientes requisitos:


  • Que se haya lesionado un derecho fundamental o una libertad pública. 
  • Que hayan sido agotados todos los medios de impugnación previstos en el ordenamiento legal, ya que, de lo contrario, será improcedente. 
  • Que la vulneración del derecho fundamental o libertad pública se haya invocado tan pronto sea conocida. 
  • Que exista especial trascendencia constitucional.



¿A qué nos referimos cuando decimos que se agote la vía judicial previa? 


Toda vez que los derechos fundamentales y las libertades públicas se protegerán, en primer término, por los Tribunales ordinarios, es que éstos son sus primeros defensores dentro del ordenamiento legal, razón por la cual, antes de interponer un recurso de amparo, es menester que se hayan ejercido todos los medios de impugnación previstos por la ley dentro de la vía judicial, para que los tribunales judiciales competentes puedan pronunciarse al respecto. Es por ello que se dice que la defensa de estos derechos y libertades por parte del Tribunal Constitucional es subsidiaria. 


¿En qué supuestos opera la denominada especial trascendencia constitucional? 


Como ya hemos señalado, para que el recurso de amparo prospere, debe existir una especial trascendencia constitucional, encostándose ésta cuando:


  • Se plantee un problema del derecho fundamental o libertad pública sobre el que no exista aún doctrina del Tribunal Constitucional. 
  • Se dé ocasión al Tribunal Constitucional para aclarar o cambiar su doctrina, como consecuencia de un proceso de reflexión interna, o por el surgimiento de nuevas realidades sociales o de cambios normativos relevantes para la configuración del contenido del derecho fundamental, o de un cambio en la doctrina de los órganos de garantía encargados de la interpretación de los tratados y acuerdos internacionales ratificados por España. 
  • La vulneración traiga causa de una reiterada interpretación jurisprudencial de la ley que el Tribunal Constitucional considere lesiva del derecho fundamental y considere oportuno dar otra interpretación conforme a la Constitución. 
  • La doctrina del Tribunal Constitucional sobre el derecho fundamental o libertad pública que se alega en el recurso esté siendo incumplida de modo general y reiterado por la jurisdicción ordinaria.
  • Un órgano judicial incurra en una negativa manifiesta del deber de acatamiento de la doctrina constitucional. 


La sustentación de la especial trascendencia constitucional se realizará en el escrito de interposición del recurso de amparo de manera separada al razonamiento de la lesión del derecho fundamental o libertad pública invocada. Cabe hacer hincapié, en que es necesario que en el escrito de demanda se separe de forma clara y precisa entre la argumentación orientada a explicar la vulneración del derecho fundamental o libertad pública invocada y la dedicada a justificar la especial trascendencia constitucional, por lo que se requiere de un conocimiento profundo de las garantías constitucionales, así como de una técnica argumentativa sobresaliente.


¿Es posible obtener la suspensión de la ejecución de la resolución recurrida? 


En la práctica, generalmente el recurso de amparo no suspenderá los efectos de la resolución impugnada. Empero, cuando ésta pudiere producir un perjuicio de naturaleza irreparable, real y concreto, el Tribunal Constitucional podrá proveer la suspensión parcial o total, pero siempre y cuando dicha suspensión no ocasione un quebrantamiento significativo a un interés constitucionalmente protegido, o bien, a los derechos fundamentales o libertades públicas de otra persona. 


Dicha suspensión podrá solicitarse en cualquier momento anterior a que el Tribunal tome una decisión ya sea, por cuanto hace a la admisión o el fondo del recurso, pudiendo esta modificarse durante el curso del procedimiento en virtud de circunstancias sobrevenidas. 


¿Cómo puede pronunciarse el Tribunal Constitucional? 


Si el recurso no es admitido, la resolución deberá especificar cuál o cuáles requisitos no han sido cumplidos para su procedencia. 


En caso de que se examine el fondo del asunto, las sentencias dictadas por el Tribunal otorgarán o denegarán el amparo solicitado. 


En caso de que se conceda, la sentencia contendrá alguno de las siguientes declaraciones: 


  • La declaración de nulidad de la resolución impugnada. 
  • El reconocimiento del derecho fundamental o libertad pública quebrantado. 
  • El restablecimiento al solicitante de amparo en la integridad de su derecho fundamental o libertad pública.


¿Se pueden recurrir las decisiones del Tribunal Constitucional?


Las resoluciones del Tribunal Constitucional no podrán ser recurridas por ningún órgano judicial del Estado ya que éste es el máximo intérprete de la Constitución. No obstante lo anterior, si el Tribunal no admite una demanda de amparo o admitiéndola la desestima, las partes podrán acudir en el plazo de los cuatro meses siguientes al de notificación de la resolución, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en tanto en cuanto el derecho o libertad vulnerado se encuentre encuadrado en el Convenio Europeo de Derechos Humanos , o en su defecto, en alguno de sus Protocolos ratificados por España. 



Legislación principal:


  • Constitución Española.
  • Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.



Jurisprudencia de interés:


  • SSTC 245/1991.
  • SSTC 48/2003.
  • SSTC 1999/2004.




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